LA DIAN DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES DE COLOMBIA

Nos comunica su nuevo proyecto de resolución, en el cual informa quienes serán los 𝗼𝗯𝗹𝗶𝗴𝗮𝗱𝗼𝘀 𝗮 𝗴𝗲𝗻𝗲𝗿𝗮𝗿 𝗹𝗮 𝗻o𝗺𝗶𝗻𝗮 𝗲𝗹𝗲𝗰𝘁𝗿o𝗻𝗶𝗰𝗮.

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La DIAN Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia nos comunica su nuevo proyecto de resolución, en el cual informa quienes serán los 𝗼𝗯𝗹𝗶𝗴𝗮𝗱𝗼𝘀 𝗮 𝗴𝗲𝗻𝗲𝗿𝗮𝗿 𝗹𝗮 𝗻o𝗺𝗶𝗻𝗮 𝗲𝗹𝗲𝗰𝘁𝗿o𝗻𝗶𝗰𝗮. Según como está planteado en el proyecto de resolución sería catalogado como documento soporte y deberá generarse de forma mensual y deberá transmitirse dentro de los diez (10) días siguientes del mes en el cual debió generarse la información. Y tiene como fechas importantes las siguientes:

  • Si tiene hasta 3 empleados, inicia habilitación el. 31 de marzo de 2021 y tiene como fecha máxima de inicio de transmisión el 31 de julio de 2021.
  • Si tiene de 4 hasta 10 empleados, inicia habilitación el 31 de marzo de 2021 y tiene como fecha máxima de inicio de transmisión el 30 de junio de 2021.
  • Si tiene de 11 hasta 250 empleados, inicia habilitación el 31 de marzo de 2021 y tiene como fecha máxima de inicio de transmisión el 31 de mayo de 2021.
  • Si tiene más de 250 empleados, inicia habilitación el 31 de marzo de 2021 y tiene como fecha máxima de inicio de transmisión el 30 de abril de 2021.
  • Si se es una entidad del estado del orden nacional o territorial inicia habilitación el 31 de marzo de 2021 y fecha máxima para iniciar transmisión el 30 de junio de 2021.
  • Si usted es un NO obligado a expedir facturación electrónica puede iniciar habilitación desde el 31 de enero de 2022, y tiene como fecha límite para iniciar transmisión el 31 de marzo de 2022.

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